Empleadores pueden pagar obligaciones patronales IESS

En ecuador, las empresas deben registrar a cada uno de sus trabajadores tan pronto como comienzan labores para la empresa. Además, cada mes la empresa empleadora debe pagar obligación patronal al IESS, que representa el 11,15% del sueldo de cada uno de sus trabajadores, para de esa forma evitar tener Mora Patronal. Así se evita el empleador los problemas legales que se le presentan por no cumplir oportunamente con estas obligaciones.

Por otra parte, al trabajador le corresponde pagar mensualmente al IESS el 9,45% de su sueldo. El empleador también paga dicho porcentaje y se lo descuenta al sueldo mensual del trabajador. Si el pago está al día, el trabajador tiene la posibilidad de ser atendido en cualquier dispensario, hospital o clínica del IESS, o afiliada al IESS, en el caso de necesitar atención médica.

Cómo pagar obligaciones patronales al IESS

Es importante tener presente que el IESS en ecuador ofrece muchas facilidades a los representantes de las empresas para pagar la obligación que les corresponde por cada uno de sus trabajadores. Pueden hacerlo siguiendo cualquiera de los procedimientos que se describen a continuación:

Pagar obligaciones patronales al IESS con el “botón de pago”

Uno de los procedimientos que puede usar el representante de una empresa para pagar la obligación patronal al IESS es mediante el uso del botón de pago, al cual se tiene acceso al ingresar a la página web del IESS para cumplir con este trámite.

Siguiendo este procedimiento, los interesados pueden cancelar sus obligaciones con el uso de las tarjetas de crédito: Discover, Diners, Visa y MasterCard, nacionales o internacionales de cualquier banco.

Para pagar con tarjetas de crédito, el empleador debe seguir los siguientes pasos:

Acceder a la web del IESS.

Introducir contraseña y número de cédula del representante legal de la empresa, en la parte correspondiente al empleador.

Hacer clic en la opción “comprobantes”.

Hacer clic en la opción Pago con tarjeta de crédito.

Este procedimiento descrito facilita a muchos empresarios responsables, el deber de hacer sus pagos al IESS oportunamente.

Otro de los procedimientos que puede usar el representante de una empresa para pagar la obligación patronal al IESS es mediante el uso de los puntos de pagos. A continuación, suministramos detalles al respecto:

Pagar obligaciones patronales al IESS en puntos de pagos

Existen en el país al menos 8500 puntos de pagos donde los empresarios pueden pagar obligación patronal al IESS. Dichos puntos de pago se encuentran ubicados en los supermercados Tía, Banco del Barrio, Banco Internacional, Banco Pichincha, Banco Pacífico, Machala, entre otros.

Los empresarios para hacer el pago por esta vía, también necesitan ingresar el número de cédula del representante de la empresa y su contraseña 🡪 comprobantes 🡪 generar comprobantes 🡪 aceptar 🡪 imprimir comprobante.

En los puntos mencionados también se pueden poner al día con sus pagos al IESS, las personas que de manera individual se han registrado ante dicha institución.

Pagar obligaciones patronales al IESS por débito automático

Otro procedimiento mediante el cual una empresa puede pagar obligación patronal al IESS, es por el débito automático de dichas obligaciones de una cuenta del empleador registrada en el IESS. Para seguir este procedimiento se deben seguir los pasos siguientes:

Abrir la web del IESS.

Elegir entre las opciones que se presentan, la opción empleadores.

Introducir contraseña y número de cédula del representante legal de la empresa, en la parte correspondiente al empleador.

Elegir entre las opciones que se presentan, la opción “activación de débito bancario”.

Suministrar los datos que se soliciten en pantalla.

Imprimir comprobante.

Es responsabilidad de la empresa el tener en la cuenta, donde se hará el débito automático, el dinero completo que le corresponde pagar al IESS, por sus obligaciones relacionadas con cada uno de sus empleados.

¿A qué se llama responsabilidad patronal?

Se llama responsabilidad patronal, a la penalización que deberá pagar la empresa al IESS por dejar de hacer los pagos que le corresponde por cada trabajador. Trayendo como consecuencia que el IESS no page las prestaciones pedidas en dinero por un trabajador o sus herederos. Terminando perjudicado el trabajador o sus familiares a quienes el IESS no cancelará las prestaciones pedidas en dinero, hasta tanto la empresa se ponga al día con sus pagos.

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La empresa tiene un plazo para pagar la responsabilidad patronal el cual no debe ser mayor de 15 días, una vez recibida por la empresa la notificación de que debe pagar la deuda con el IESS. De no hacer los pagos antes de vencerse el plazo concedido, la empresa se expone a ser objeto de multas y a pagar intereses por el monto de la deuda correspondiente.

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Si la empresa en mora ya no existe, el asegurado para poder tener derecho a recibir del IESS el pago de las prestaciones pedidas en dinero, con la posibilidad de pagar el monto adeudado por la empresa correspondiente.

También existe responsabilidad patronal por maternidad, atención del asegurado por parte de un doctor, indemnización por gastos médicos. Dicha responsabilidad se presenta cuando la empresa no realizó o realizó, con retardo, los pagos correspondientes a cada uno de los tres meses anteriores a la presentación de la necesidad del asegurado de utilizar los servicios del IESS.

Prestaciones que el IESS otorga aunque el empleador tenga responsabilidad patronal

Aún estando en mora el empleador y en consecuencia teniendo responsabilidad patronal, el IESS otorga a los asegurados, las prestaciones relacionadas con:

Maternidad, en sus etapas de cuidados prenatales de la madre, en el parto, y cuidados posnatales.

Enfermedad que presente el asegurado cualquiera sea la especialidad del equipo médico que debe atenderlo, y en cualquier dispensario u hospital del IESS donde se presente el asegurado con necesidad de ser atendido.

Auxilio de funerales.

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Lo ideal es que todo empresario cumpla con sus obligaciones de ley, pagando oportunamente sus obligaciones con el IESS, y de esa forma evitarse problemas legales. Además, para evitar crearle inconvenientes a sus trabajadores como consecuencia de no tener los pagos al día con el IESS.

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